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Santiago, 27 de Abril de 2015
Vistos
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que de los antecedentes tenidos a la vista ha quedado establecido que el jugador Ricardo Gantz Droguett está habilitado por la ANFP para actuar por el Club San Antonio desde el 22 de Enero de 2015, habiéndose acreditado el pago de sus derechos federativos.
SEGUNDO: Que los descargos del club denunciado obran en ese mismo sentido, lo que fue ratificado por los antecedentes administrativos recabados por el propio Tribunal a los órganos pertinentes de la ANFP.
SE RESUELVE:
Fallo acordado por la unanimidad de los integrantes de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina asistentes a la sesión, señores Exequiel Segall, Alejandro Musa, Alvaro Ramírez, Carlos Labbé, Simón Marín, Ernesto Vásquez y Santiago Hurtado.
Notifíquese.